En el Capítulo IV de D.
Quijote se narra el ataque que el
Caballero lanzó contra esos mercaderes de Murcia (“gente descomunal y soberbia”)
y el resultado del lance: el
apalizamiento de que fue objeto por parte de un mozo de mulas de los
comerciantes de seda.
En el Capítulo V D. Alonso
recurre a su remedio habitual en dichas situaciones: recordar algún Libro de
Caballería o de un Romance que describa un episodio parecido y en la presente
trae a colación la derrota que Carloto, hijo de Carlomagno, infringió a
Baldovinos, sobrino del Marqués de Mantua, el cual declama los siguientes
versos:
O no lo sabes, señora,
O eres falsa y desleal.
He recordado el poema al
tener noticia que la Asamblea regional
catalana ha aprobado un texto que pretende ser la llamada “Hoja de Ruta”
para conseguir la Independencia de Cataluña Sur, luego la del Norte y después
el Reino de Valencia, las islas Baleares, la franja catalanohablante de Aragón,
la ciudad sarda de El Alguer y en una segunda etapa los condados de Atenas y
Neopatria y en este plan. Y en el caso que nos ocupa el verso de referencia
debería suprimir las disyuntivas por una copulativa (con perdón) y quedar del
siguiente tenor
No lo sabeis, señoras
Y sois falsas y desleales.
Porqué utilizo el plural ¿Quiénes
son las dos señoras? La Presidenta de la precitada Asamblea (Carmen Forcadell,
filóloga ella) y la Consejera de
Presidencia y Portavoz del Gobierno autonómico de Cataluña, Nieves Munté Fernández,
licenciada en Derecho.
En la próxima "entrada" vuelvo con ellas (“-nunca fuera caballero/de damas tan bien
servido…”) (D. Quijote, Capítulo II
donde se nos habla de dos mozas de las llamadas del partido a quién el de la
Triste Figura dedica esos versos) pero antes veamos en que consiste la Resolución
aprobada por los indedendentistas catalanes:
. En resumen dice tres cosas.
Primera, que el pueblo catalán está habilitado para emprender un proceso
constituyente a través de las llamadas leyes de desconexión. Segunda, estas
leyes de desconexión –una vez aprobadas por el parlamento catalán y por “un
mecanismo unilateral de ejercicio democrático” Referéndum Unilateral de Independencia)- “no son susceptibles de control,
suspensión o impugnación por parte de ningún poder, juzgado o tribunal”.
Tercera, las leyes de desconexión dirán cómo el Parlamento de Cataluña se autodisuelve
y se elige una Asamblea Constituyente “que una vez convocada, elegida y
constituida dispondrá de plenos poderes y sus decisiones serán de obligado
cumplimiento para todos
Estamos en presencia de un “Golpe
de Estado” “sui géneris”. Recordemos que en su texto “Técnicas del golpe de
Estado” Curzio Malaparte sostenía que el Golpe de Estado no es un fenómeno
político, sino una actividad de carácter técnico, perteneciente al dilatado
dominio de las técnicas de toma y conservación del poder. Parece evidente, sigue argumentando Malaparte, que para el éxito de la operación golpista, la
utilización de los instrumentos del poder estatal (personas, armas, espacios,
información, etc.) tendrá que obedecer a las dos ‘reglas de oro’
mencionadas: sigilo en la preparación, celeridad y eficacia en la ejecución; y
a las tácticas conspirativas y militares más adecuadas, según el momento y el
lugar. Una mera técnica, al servicio de cualesquiera fines que los autores se
propongan.
La
Resolución del Parlament no parece subsumible en el “tipo” de “Golpe de Estado”
argumentado por Curzio Malaparte, más bien en el contemplado por Brunialti que nos habla de medidas violentas
e ilegales para modificar la estructura del Estado (Independencia de una parte
del territorio), sin bien, en el caso que nos ocupa, la violencia es
susceptible de no ser tomada en consideración: los fenicios carecen del nivel
mínimo de testosterona necesario para “echarse al monte”. En consecuencia cabe
incluir en la tipología de “Golpes” el que llamaremos “a la catalana” (cop tou)
en sus versiones “Cremat” o “Sense cremar”.
Veamos:
El
“sense cremar” (sin quemar) consiste en una serie de actuaciones de mínimo
riesgo personal cuyos destinatarios son el resto de conciudadanos españoles para
que éstos, llegado el punto álgido (hinchazón testicular) se manifiesten,
presionen al Gobierno legítimo de mil y una forma para que habilite
procedimientos legales para que se conceda la Independencia a esos “pesats de cojons”. No parece que el
procedimiento tenga visos de utilizarse.
El
otro, el “cremat”, es algo más depurado porque mezcla en proporciones desiguales
desprecio por el ordenamiento constitucional, manipulación de la historia,
falseamiento de los datos económicos, grandes dosis de totalitarismo, mangoneo
informativo –público y privado- adulteración de los fines últimos del sistema educativo,
muerte civil del disidente y todo ello
en un régimen político que, sin hipérbole, cabe calificar de cleptocracia. Una
vez preparado el coctel, se lo toman y “a
ver qué pasa” (La Unión Europea no puede prescindir de los catalanes, intervendrá
la OTAN, ofreceros el puerto de Barcelona a los Chinos o a Putin o al “sursuncorda”
etc).
Dado
que la C.A. de Cataluña es una cosa muy seria para dejarla en manos de los
políticos catalanes, procede aplicar las
previsiones del artículo 155 y concordantes de la Constitución y para ello es
necesario un Gobierno de Concentración Nacional por dos años presidido, por
ejemplo por Ana Pastor, actual Presidenta del Congreso.
En
la siguiente “entrada” desarrollaré los antecedentes del asunto y practicaré
algo de prognosis.
¡¡Petons
als nens”.
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