jueves, 8 de julio de 2010

Nacionalismo periféricos VI

Sigamos con el "demócrata" Prat de la Riba. En 1898 escribe en la Revista Jurídica de Cataluña:
"El dogma de la libertad es otro de sus argumentos (de los doctrinarios liberales). Cada ciudadano un voto, tal es la fórmula ¿Pero es que la igualdad en el sufragio consiste precisamente en que cada ciudadano tenga un voto y no más?. ÇSe ha dicho y con razón que la verdadera igualdad consiste en tratar con desigualdad a los que son desiguales. Si esta forma de organización del sufragio electoral igualase de verdad a todos los ciudadanos, el resultado sería el inevitable predominio de las clases más numerosas, y sin embargo en ningún país se ha dado este caso....... Porque como la ley iguala la capacidad electoral no puede igualar al mismo tiempo la independencia, la energía de carácter ni el poder de todos los ciudadanos, los débiles han de sucumbir necesariamente y de hecho sucumben. De ahí que las clases obreras tengan más asegurados sus derechos por un sistema que desde luego les otorgue un número de representantes proporcionado a su importancia. Lo propio cabe decir de las clases intelectuales y aún en general de las clases que forman la verdadera aristocracia, esto es, la aristocracia de los mejores; con el sufragio inorgánico queda absorbida por las medianias; el reinado de éstas es inseparable de semejante régimen".
Consecuente con lo anterior propugna sustituir el sufragio inorgánico por el orgánico, por un voto corporativo y por una organización gremial, basados en las instituciones naturales de la familia, el municipio y la profesión, tal y como afirma en la "Base séptima" de las famosas "Bases de Manresa" que dice así "Las Cortes Catalanas se formarán por sufragio de todos los cabezas de familia agrupados en clases, basadas en el trabajo manual, en la capacidad o en las carreras profesionales, en la propiedad, industria y comercio, mediante la correspondiente organización gremial".
Años más tarde José Antonio Primo de Rivera, fundador del partido fascista Falange Española sostenía que los órganos de representación no podían ser los partidos políticos sino que dicha representación se haría a través de la familia, el municipio y el sindicato. Tal principio programático se consagró en la Ley Constitutiva de las Cortes de 1942 que estableció que esos eran los órganos de representación, los famosos tres tercios: el familiar, el municipal y el sindical.
Como hemos podido ver el franquismo tuvo su antecedente en el padre del nacionalismo catalán.
Continuará.

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