El artículo 544 del Código Penal establece que: “Son reos de sedición los que sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir por la fuerza o fuera de las vías legales la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.” Pues bien, el Arzobispo de Burgos, Francisco Gil Hellín ha publicado una Carta Pastoral en la que afirma: " Impidamos la tiranía,tratemos de parar esta la-cra del aborto.....El día 5 de julio de 2010 es una de ellas (una fecha que habría que borrar del calendario). Ese día se ha promulgado una ley inicua, que se opone frontalmente a la recta razón y a las justicia más elemental... digámoslo con toda claridad: esta ley no es ley.... por eso no obliga" .
Resulta evidente que el Sr. Arzobispo incita a sus feligreses al incumplimiento de la ley aprobada por el Poder Legislativo y esa inducción en si misma es un delito. El Ministerio Fiscal debía de actuar de inmediato pero no lo hará ya que depende de una Gobierno de timoratos que es incapaz de proponer a las Cortes una Ley de Libertad Religiosa digna de tal nombre -tal y como hace la Asociación Europa Laica- y de denunciar al Concordato pre y anticonstitucional con la Santa Sede. ¿Por qué razón con mis impuestos tengo yo que sostener a tipos con la catadura moral de ese Arzobispo y otras docenas de miles de su misma calaña que adoctrinan a los ciudadanos en historias cuya lectura produce vergüenza ajena por lo simple y necio de su contenido?. A esa generosidad del Estado nada arguye el pastor de ovejas descarriadas. Que triste país éste.
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